Yahoo! Grupos
Yahoo! Grupos - Yahoo! - Información de cuenta - Ayuda



Bienvenido, Invitado Registrarse - Entrar 
nuevasleyes · Nuevas Leyes y Normas Jurídicas en Chile [ ¡Unirme a este Grupo! ]
  Inicio  
Mensajes  
  Charlar  
  Archivos  
  Fotos  
  Agenda  
  Promocionar  
 
 
   = Propietario 
   = Moderador 
   = En línea 
 
 
 Mensajes Ayuda Mensajes
Responder | Reenviar | Ver origen | Separar líneas
 
  Mensaje 252 de 259  |  Anterior | Siguiente  [ Subir en la serie ] Índice de mensajes
 
 Mensaje #
De:  "Colegioabogados.org" <editor@c...>
Fecha:  Lun Jul 15, 2002  2:28 pm
Asunto:  19.815 - Modifica art. 281 del Código PROCESAL Penal


Publicada en el Diario Oficial el día 11 julio 2002. | Vea todas las leyes en
http://colegioabogados.org/
--------------
MINISTERIO DE JUSTICIA
SUBSECRETARIA DE JUSTICIA

LEY NUM. 19.815
MODIFICA EL ARTICULO 281 DEL CODIGO PROCESAL PENAL, EN MATERIA DE ACTUACIONES
PREVIAS AL JUICIO ORAL

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al
siguiente
Proyecto de ley:

Artículo único.- Elimínase, en el inciso primero del artículo 281
del Código Procesal Penal, la frase "junto con los registros que
debieren acompañarse,".

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 04 de julio de 2002.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la
República.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Jaime
Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.
--------------



  Mensaje 252 de 259  |  Anterior | Siguiente  [ Subir en la serie ] Índice de mensajes
 
 Mensaje #
Responder | Reenviar | Ver origen | Separar líneas


Copyright © 2002 Yahoo! Inc. Todos los derechos reservados.
Normativa de Confidencialidad - Condiciones del servicio - Reglas de la comunidad de Yahoo! - Ayuda de Yahoo! Grupos