MINISTERIO DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE HACIENDA
REACTUALIZA A PARTIR DEL 1 DE JULIO DE 2002 LAS CANTIDADES QUE SEÑALA
Núm. 322 exento.- Santiago, 6 de junio de 2002.- Vistos: Lo
dispuesto en el artículo 32 de la ley Nº19.420, modificado por el artículo 4º Nº8 de
la ley Nº19.669, el artículo 4º transitorio de la ley Nº19.669, el decreto supremo
Nº19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República y la
resolución Nº520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y
Teniendo presente: El oficio Ord. Nº15.056, de 31 de mayo de 2002, de la Gerente de
Comercio Exterior y Política Comercial del Banco Central de Chile, mediante el cual se
comunica que la variación del Indice de Precios al por Mayor de los Estados Unidos de
América, en el período comprendido entre 1º de mayo de 2001 y el 30 de abril de 2002,
fue de -4.0%.
Decreto:
Reactualízanse, a contar del 1 de julio de 2002, las cantidades
señaladas en las disposiciones legales que se indican, debiendo quedar en las siguientes
sumas:
a) Artículo 32 de la ley Nº19.420 (para los efectos de lo dispuesto en el inciso
segundo del artículo 21 del D.F.L. de Hacienda Nº341, de 1977):