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De:
Mario Enrique Aguila Inostroza <editor@c...>
Fecha: Mar May 28, 2002 1:58
pm
Asunto: 19.804 - Deroga peja de muerto en textos legales que indica
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Publicada en el Diario Oficial el día 24 mayo 2002. | Vea todas las leyes en
http://colegioabogados.org/
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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
SUBSECRETARIA DE INVESTIGACIONES
LEY NUM. 19.804
DEROGA PENA DE MUERTE EN LOS TEXTOS LEGALES QUE INDICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al
siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1º.- Sustitúyese, en el número 1 del artículo 17 del decreto ley
Nº 2.460, de 1979, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile, la
frase "a muerte", por la siguiente: "a presidio perpetuo calificado".
Artículo 2º.- Suprímese, en el artículo 208 del Código Penal, la frase
"salvo el caso de ser la de muerte, que se reemplazará por el presidio
perpetuo", y el punto y coma (;) que la antecede.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto
promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 3 de mayo de 2002.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la
República.- Michelle Bachelet Jeria, Ministra de Defensa Nacional.- José
Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.,
Gonzalo Miranda Aguirre, Subsecretario de Investigaciones.
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