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INCONGRUENCIAS DE UN PROYECTO DE LEY

El Ministro de Justicia argumenta que uno de los problemas de la reforma procesal penal es la falta de Jueces de Garantía: ver noticia.

Curiosamente, al mismo tiempo, afecta gravemente el desarrollo y eficacia de la reforma en otras regiones, como la Décima: ver noticia.

De ahí que el comentario que hiciéramos pensando en Puerto Montt, es ampliable a todo Chile.

El comentario original dice:


Se está tramitando en el Congreso Nacional otra iniciativa gubernamental, mediante la cual se adopta la gradualidad en la instalación de Juzgados de Garantía y de Tribunales Orales, en aquellas regiones que aún no los tienen, con la finalidad de, principalmente, ahorrar recursos fiscales, atendido el hecho de requerirse los jueces de garantía y los del tribunal oral en forma paulatina.

Para Puerto Montt la ley 19.665 contempla cuatro jueces de garantía y seis jueces del tribunal del juicio oral; empero, por la razón explicada precedentemente, en el primer año quedará instalado un solo juez de garantía y cuatro jueces del tribunal oral.

En primer término, resulta lógico atrasar la instalación de los jueces del tribunal oral, porque su labor se hace efectiva especialmente con el juicio oral mismo, no justificándose la instalación de las dos salas (de tres miembros cada una), habida cuenta que normalmente deben transcurrir varios meses para que se realicen los primeros juicios orales. Y en esto el proyecto ha sido equitativo, ya que, por ejemplo, en la X Región los Tribunales del Juicio Oral de Valdivia y Osorno también parten con cuatro jueces en vez de los seis miembros establecidos por ley.

Sin embargo, donde se vuelve a producir una discriminación odiosa es en la rebaja de los jueces de garantía, por cuanto a fines del año 2003 quedarán instalados dos jueces de garantía en Osorno y Valdivia, contra uno en Puerto Montt.

Esta discriminación es repetitiva porque ya la Corte de Valdivia tiene el privilegio de contar con siete miembros, versus los cuatro de Puerto Montt; o porque ya tienen más juzgados civiles que la capital regional; o porque Valdivia tendrá Tribunal Tributario, y Puerto Montt no.

Y es más injustificada, porque Puerto Montt, con 174.952 habitantes, tiene más población que Osorno (142.554) y que Valdivia (136.787). Y además, esto redunda en más causas penales, al punto de que, por ejemplo, a principios de enero de 2003 Puerto Montt cuenta con 277 procesados en prisión preventiva, versus 234 de Valdivia y 232 de Osorno.

Ahora bien, la importancia de esta reducción de los jueces de garantía estriba en que ellos son los que conocerán de toda actuación de la Fiscalía que afecte las garantías constitucionales de los imputados y de terceros, especialmente las detenciones, registro, vigilancia, etc), amén de juzgar las causas relativas a los delitos menores.

Pues bien, en el evento de faltar el único juez de garantía de Puerto Montt, que deberá estar de turno los 7 días de la semana, deberá recurrirse al juez de competencia común de Puerto Montt, en desmedro de las otras causas.

En fin, parece que la autoridades de Puerto Montt tienen menos poder de lobby que otras. ¡Qué lamentable tener que llegar a eso!


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